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¿Quiénes están obligados a activar el Buzón Tributario para evitar multa de 11 mil pesos?

FUENTE: Contramuro Noticias en Michoacán / Nacional /

Descubre quiénes deben activar el Buzón Tributario para evitar sanciones económicas.

Ciudad de México.-El Servicio de Administración Tributaria (SAT) ha enfatizado la necesidad de que los contribuyentes activen y actualicen el Buzón Tributario, su herramienta de comunicación digital. No hacerlo puede resultar en sanciones económicas que alcanzan hasta los 11 mil 540 pesos, según el Código Fiscal de la Federación.

El SAT establece que todos los contribuyentes registrados en el RFC deben tener activo el buzón tributario. Están exentos únicamente las personas físicas que no tienen obligaciones fiscales, que no realizan actividad económica o que están suspendidas.

Quiénes deben activar el Buzón Tributario del SAT

Asimismo, están exentas las personas morales suspendidas y tanto personas físicas como morales que figuren como cancelados en el RFC.

El Buzón Tributario permite recibir notificaciones oficiales, efectuar trámites fiscales y enviar documentos de manera segura. Dada su importancia, el SAT ha advertido que a partir del 1 de enero de 2025, los contribuyentes que no lo tengan activado podrían enfrentarse a multas superiores a 11 mil pesos.

“De acuerdo con el artículo 86-C y 86-D del Código Fiscal de la Federación, la infracción en materia de no habilitación del Buzón Tributario, no registro o no actualización de los medios de contacto, se impondrá una multa de $3,850.00 a $11,540.00”, señala el SAT.

Si aún necesitas activar tu Buzón Tributario, te mostramos cómo hacerlo fácilmente.

Requisitos para habilitar el Buzón Tributario:

  • Las personas morales requieren e.firma.
  • Las personas físicas necesitan e.firma, e.firma portable o Contraseña.
  • Es necesario contar con al menos un correo electrónico y un número de teléfono celular, pudiendo registrar hasta cinco correos.

Pasos para la activación:

  • Visita el sitio indicado.
  • Autentícate usando tu contraseña o e.firma.
  • Haz clic en el icono de “configuración” en el Menú de accesos rápidos, a la izquierda de la leyenda “gob.mx”.
  • Ingresa tu(s) correo(s) electrónico(s) y número de teléfono celular deseado.
  • Confirma que los datos son correctos y presiona CONTINUAR.

El sistema preguntará si deseas seguir con el registro de medios de contacto. Acepta para continuar.

Una vez registrados, el sistema confirmará que tus medios de contacto han sido añadidos. Podrás imprimir el Acuse de registro.

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Finaliza el proceso confirmando los correos y número telefónico dentro de 72 horas. Si no lo haces, el registro será cancelado y deberás iniciar de nuevo.

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