La 8 de 8 en las elecciones judiciales
Yurisha Andrade Morales*
En aportaciones anteriores he compartido con mis lectores, algunas reflexiones sobre la reforma al artículo 38 fracción VII de la Constitución mexicana y sobre sus implicaciones. Como se recordará, me referí al Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023, por el que se reforma y adiciona la fracción VII del artículo 38 y 102 en materia de suspensión de derechos para ocupar cargo, empleo o comisión del servicio público. Para el propósito que persigo en esta ocasión y, por el espacio del que dispongo, solo agregaré que dicha reforma amplió las causales por las que una persona podría quedar inhabilitada para la ocupación de cargos públicos por incurrir en conductas que sean sancionadas por cualesquiera de las modalidades de violencia en contra de las mujeres, por delitos o violencia de carácter sexual o por ser un deudor alimentario moroso.
El hecho es que, para el desahogo del proceso electoral judicial, que ahora se encuentra en la fase impugnativa, el Instituto Nacional Electoral aprobó, el 24 de abril de este año, el procedimiento para verificar que las candidaturas judiciales no se encuentren en alguno de los supuestos establecidos en las fracciones V, VI y VII del artículo 38 constitucional, de cuya implementación presentó el informe correspondiente el pasado 15 de junio, del cual, por su relevancia, rescato algunos de los resultados más significativos.
Conforme con dicho procedimiento, el INE estableció plazos y mecanismos para que la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil acercaraninformación relativa a candidaturas de personas juzgadoras, quienes también tuvieron la obligación de presentar un formato firmado bajo protesta de decir verdad, en el que declararon que no están suspendidas en el goce de sus derechos ciudadanos, así como un documento que avale no ser deudor alimentario. En esa verificación, el INE recibió información sobre 27 candidaturas,que tuvieron señalamientos de posibles incumplimientos a alguno de los supuestos constitucionales, pero en ninguno de ellos se comprobó nada, en atención a que no se aportaron pruebas contundentes o solo se hicieron menciones de posibles infracciones sin que se acompañara documentación alguna.
De los 27 casos, tres corresponden a personas juzgadoras que obtuvieron el triunfo en la contienda, pero al no comprobarse las imputaciones de las que fueron objeto accederán a las posiciones que ganaron. No obstante, llama la atención un hecho denunciado por algunas consejerías del INE, en relación conque diversas autoridades no atendieron los requerimientos de información del Instituto, aspecto que al final impidió una revisión completa. Coincido en reconocer la gravedad de la falta, pues se trata de un asunto que, por falta de información, podría llevar a una persona infractora al ejercicio de una responsabilidad judicial, cuando la Constitución establece que, si está sentenciado, pierde sus derechos políticos, lo cual lleva a plantear la urgencia de establecer obligaciones de las autoridades competentes para entregar a las autoridades electorales, con oportunidad y sin restricciones, la información que se les solicite sobre las personas que participen en las contiendas electorales.
En múltiples ocasiones he sostenido que falta un robusto programa de medidas y de cambios normativos que no permitan que, como en esta ocasión, las autoridades que tienen información sobre personas candidatas que incurren en violencia en contra de mujeres o de personas de grupos en condición de vulnerabilidad, no colaboren, deliberadamente, ocultando información que lleva a los organismos electorales a no aplicar las disposiciones constitucionales vigentes. El Estado mexicano no debe permitir actos de impunidad que favorezcan a infractores de normas constitucionales construidas para proteger a las mujeres. Insisto, la democracia mexicana no puede ser justa ni completa si se protege a los violentadores, más aún si se trata de la ocupación de plazas en la estructura de los poderes judiciales.
*Magistrada del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán
@YurishaAndrade